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Preguntas Comunes de los Padres de Educación Especial II


II.  DETERMINANDO LA ELEGIBILIDAD DE SU NIÑO

7. ¿Qué hace la escuela con los resultados de la evaluación?
La información que se junta en la evaluación será usada para tomar decisiones importantes acerca de la educación de su niño. Toda la información sobre su niño será usada:
• para decidir si su niño es elegible para recibir servicios de educación especial y servicios relacionados; y
• para ayudarles a usted y a la escuela a decidir cuáles son las necesidades educacionales de su niño.


8.  ¿Cómo se toma una decisión sobre la elegibilidad de mi niño para la educación especial?
Como hemos mencionado, se basa la decisión sobre la elegibilidad de su niño para recibir servicios en que:
• si acaso su hijo o hija tiene una discapacidad que cae dentro de una de las 13 categorías de discapacidades bajo IDEA 
• si también cumple con los requisitos adicionales de elegibilidad estatales y locales.

Se  toma esta decisión cuando la evaluación haya sido completada y los resultados se den a conocer. Los padres son miembros del grupo que decide la elegibilidad del niño para servicios de educación especial. Este grupo estudiará toda la información reunida durante la evaluación y decidirá si su niño cumple con la definición de un “niño con una discapacidad” bajo IDEA y bajo las políticas de su estado o distrito. Si es así, su hijo será elegible para recibir educación especial y servicios relacionados.
Bajo IDEA, un niño no puede ser elegible para recibir servicios si la razón determinante para pensar que el niño es elegible es que:
• el niño tiene un dominio limitado del idioma inglés, o
• el niño tiene una falta de instrucción apropiada en matemática o la lectura.
Si su niño es elegible, usted y la escuela trabajarán juntos para diseñar un programa educativo individualizado para su niño.
Como padre, usted tiene el derecho de recibir una copia del informe sobre la evaluación de su niño y el papeleo sobre su
elegibilidad para recibir servicios de educación especial y servicios relacionados. La documentación debe ser proporcionada sin ningún costo a usted.

9. ¿Qué pasa si mi niño no es elegible para recibir servicios?
Si el grupo de elegibilidad decide que su niño no es elegible para recibir servicios de educación especial, el sistema escolar debe decirle ésto por escrito y explicarle por qué su niño ha sido determinado “no elegible.” Bajo IDEA, usted debe recibir información sobre lo que usted puede hacer si no está de acuerdo con esta decisión. Lea la información que el sistema escolar le dé. Asegúrese que ésta incluya información sobre cómo desafiar la decisión del sistema escolar. Si aquella información no está en los materiales que la escuela le da, solicítela. La ley IDEA incluye muchos
mecanismos  para resolver desacuerdos,
La escuela tiene la obligación de informarle sobre estos mecanismos y cómo usarlos. Comuníquese además con el Centro de Capacitación e Información para Padres (“Parent Training and Information Center,” o PTI). El PTI le puede decir qué pasos debe tomar.APNI

10. ¿Qué pasa si mi hijo es elegible para la educación especial, pero yo no estoy de acuerdo?
Si su hijo es elegible para la educación especial y usted no  no   está de acuerdo con la decisión, o si usted no quiere que su hijo reciba servicios de educación especial, usted tiene el derecho de negar la educación especial para su hijo. La escuela sólo puede proporcionar servicios de educación especial y servicios relacionados para su hijo si usted está de
acuerdo. También, usted puede cancelar los servicios de educación especial para su hijo en cualquier momento.
Sin embargo, es muy importante notar que si usted decide negar o cancelar los servicios de educación especial y después cambia de opinión, el proceso de evaluación se tendrá que repetir.

11. Se ha determinado que mi niño es elegible para la educación especial. ¿Y ahora qué?
El paso siguiente será de escribir lo que se conoce como el Programa Educativo Individualizado—generalmente llamado un PEI  Después de que se determina que su niño es elegible para servicios, debe realizarse una reunión dentro de 30 días para desarrollar el IEP.

12. ¿Qué es un Programa Educativo Individualizado?
Un Programa Educativo Individualizado (IEP) es una manifestación escrita del programa educacional diseñado para cumplir con las necesidades individuales del niño. Cada niño que recibe educación especial y servicios relacionados
bajo IDEA debe tener un PEI. El PEI de su niño tiene dos propósitos generales:
• de establecer metas razonables de aprendizaje para su niño; y
• de establecer los servicios y apoyos que el distrito escolar proporcionará para su niño.

13. ¿Qué tipo de información está incluido en un IEP?
Es muy importante que los niños con discapacidades participen lo más posible en el currículo educativo general. Es decir, ellos deben aprender el mismo currículo que los niños sin discapacidades, por ejemplo, lectura, matemática, ciencia, estudios sociales y educación física. En algunos casos, puede ser necesario que este currículo sea adaptado para que su niño aprenda, pero no debe ser omitido totalmente.
También es importante que su niño participe en actividades extraescolares y otras actividades no académicas. El
PEI  de su niño debe ser escrito con ésto en mente. Por ejemplo, ¿cuáles servicios de educación especial ayudarán a su niño a participar en el currículo educativo general—en otras palabras, a estudiar lo que los otros alumnos están estudiando? ¿Cuáles servicios o apoyos de educación especial ayudarán a su niño a participar en actividades
extraescolares tales como un club escolar o deportes? Cuando el IEP de su niño sea desarrollado, una parte importante de la discusión será sobre cómo ayudar a su niño a tomar parte en las clases y actividades regulares en la escuela.

14. ¿Quién desarrolla el PEI de mi niño?
Muchas personas se reúnen para desarrollar el PEI de su niño. Este grupo se llama el COMPU e incluye la mayoría de los mismos tipos de individuos que formaron parte del equipo de evaluación. Los miembros del Equipo del IEP incluyen:
EL COMITÉ DE PROGRAMA Y UBICACIÓN ESTA COMPUESTO POR;
  •  Los padres del  niño con discapacidad; 
  •  No menos de  un maestro de Educación Regular del niño 
  •  No menos de un maestro de Educación Especial , o en su caso, no menos de un especial educación de los proveedores de ese niño 
  •  Un representante del Distrito Escolar. 
  •  Un individuo que pueda interpretar las implicaciones instructivas de los resultados de las evaluacione 
  • A  discreción de los padres  o la Agencia, otros individuos que tengan conocimiento o pericia especial en relación con el niño, incluyendo personal de servicios relacionados, según proceda; 
  •  cuando sea apropiado  el niño con una discapacidad. .

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