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PEI VS. PLAN 504

PEI vs Planes 504

Hay dos tipos de planes por escrito, que debe ser desarrollado e implementado por las escuelas públicas respecto a los estudiantes con discapacidades.   En primer lugar, los estudiantes con discapacidades que requieren sólo acomodo razonable debe tener un plan escrito bajo la Sección 504, lo que comúnmente se conoce como un plan 504.    Cada escuela pública debe tener una persona (generalmente un subdirector o un consejero, pero no un maestro de educación especial), que sirve como de la escuela "504".   Esta persona deberá coordinar el desarrollo, mantenimiento y ejecución de los planes 504.

 El plan 504  deben ser desarrollados por un comité, compuesto por el estudiante con una discapacidad (si procede), los padres del estudiante (s) / tutor (s), el maestro del estudiante (s), el consejero del estudiante, y el coordinador del 504.
Además, los educadores especiales a menudo sirven como asesores a 504 comités.   La discapacidad del estudiante y la correspondiente necesidad de ajustes razonables son identificados y documentados en el plan.   Asimismo, el plan esboza las adaptaciones específicas, que se llevará a cabo por la escuela.   Todo el personal de la escuela participan en la prestación de alojamiento deben ponerse en contacto con el coordinador del 504 y conscientes de sus deberes y responsabilidades.   El plan en sí mismo debe ser actualizado al menos una vez al año.

Para los estudiantes con discapacidades que requieren instrucción especializada, la IDEA controla los requisitos de procedimiento.   El proceso de IDEA es más complicada que la requerida bajo la Sección 504.   La instrucción y la vivienda en el IDEA se proporcionan de acuerdo con un plan llamado Programa de Educación Individualizada, conocido como PEI.   El PEI de un estudiante es un documento legal que, en parte, establece los deberes y responsabilidades del distrito escolar y el personal en relación con el estudiante.   Es responsabilidad de los educadores especiales, maestros de educación regular, administradores, consejeros y otros profesionales de la educación a estar completamente familiarizado con las disposiciones de la IEP cada uno de sus estudiantes con discapacidades.
El resto de este documento establece la información general de procedimiento que los educadores regulares deben saber sobre el IEP / proceso de IDEA.

Primer paso: Identificación

Las escuelas y los educadores tienen el deber legal de identificar a los estudiantes con discapacidades.   Esto puede ser relativamente simple en el caso de evidentes discapacidades físicas.   Sin embargo, la discapacidad no son siempre evidentes.   Los educadores tienen el deber de reconocer la posible presencia de la discapacidad basado en el rendimiento académico de los estudiantes, así como el desempeño estudiantil en las actividades escolares no académicas.

Paso dos: Intervención

Una vez que un educador identifica una preocupación con respecto al rendimiento de un estudiante en particular, un período de intervención comienza.   El educador debe aplicar las estrategias adecuadas de intervención destinados a aliviar los problemas identificados.   El educador debe documentar las preocupaciones y las intervenciones posteriores.   La cuestión clave es si las estrategias que el estudiante pueda beneficiarse de los programas de educación regular.

Paso tres: La remisión a la Coordinadora 504

El educador debe referir al estudiante para su consideración, si cualquiera de las dos situaciones existe:
1.   Las estrategias de intervención de trabajo, pero el educador le sigue preocupando que el desempeño del estudiante representa una posible discapacidad y que las intervenciones representan adaptaciones de dicha discapacidad, o
2.   Las estrategias de intervención no funcionan.
En cualquier caso, los educadores deben hacer una recomendación por escrito al coordinador de la 504 (o al comité creado en la escuela para hacer frente a las referencias de discapacidad).
Nota:   Una referencia inicial no suele ser un asunto de IDEA.   Los educadores especiales pueden asesorar o ayudar a los 504
o el coordinador del comité, pero un examen completo 504 debería tener lugar antes de remitir el asunto a la educación especial.   Examen de acuerdo con la Sección 504 debe permanecer separada y distinta de la esfera de la educación especial.   Esto se debe a que no es apropiado para poner en práctica los procedimientos de IDEA hasta que se hace evidente que el estudiante tiene una necesidad que excede ajustes razonables.   Por lo tanto, hasta que se sospecha que se requiere instrucción especializada, no es apropiado para llevar a los estudiantes bajo los auspicios de la educación especial.

Paso cuatro: Examen por el Comité 504
Cuando un caso se refiere, el coordinador del 504 debe convocar a una reunión del equipo de 504.   El equipo debe revisar la documentación proporcionada con respecto a las preocupaciones sobre el estudiante y las intervenciones que se han intentado.   El equipo debe decidir sobre lo que una intervención adicional y evaluación es apropiada.
Durante un período de varias semanas, el equipo debe vigilar de cerca y la información que obtiene sobre el desempeño del estudiante y la efectividad de los métodos aplicados para ayudar al estudiante.   Es importante recordar que el rendimiento de los estudiantes es una función de una variedad de factores.   A veces los métodos particulares empleados por el profesor del estudiante simplemente no son eficaces en relación con el estudiante.   Otras veces, el rendimiento de los estudiantes pobres puede ser el resultado de la dieta, problemas familiares, abuso, o una serie de otros factores que no tienen nada que ver con la escuela o con discapacidad.   Es responsabilidad del comité de 504 para hacer frente a estos problemas y determinar la naturaleza real del problema.
Finalmente, después de un período que debe en la mayoría de los casos no será inferior a seis semanas y debe incluir al menos tres reuniones de la comisión en pleno para evaluar el progreso de la cuestión, el Comité 504 se determinará tres cosas:
1.   Si el rendimiento de los estudiantes sigue siendo un problema y si esta dificultad es el resultado de una discapacidad;
2.   Si el problema es el resultado de una discapacidad, ajustes razonables si es suficiente para que el estudiante se beneficie del plan de estudios de educación regular, y
3.   Si las necesidades del estudiante son el resultado de una discapacidad y no pueden ser satisfechas mediante una adaptación razonable solo, el equipo 504 debe remitir el asunto al departamento de educación especial en la escuela.

Paso cinco: Referencia para la Evaluación de la Educación Especial y Formación del Equipo del IEP
Tan pronto como un caso se refiere a la educación especial, el asunto está bajo el control de la IDEA.   En este momento, un educador especial se convierte en el "gestor de casos" y un equipo dPEI se forma.   A partir de este momento en adelante, todas las decisiones sobre el programa del estudiante necesidades educativas son realizadas por el equipo del IEP, el personal escolar está específicamente prohibido tomar tales decisiones sin el equipo.   El IDEA establece que el EquipoPEI se compone de:
1.   El estudiante (si procede);
2.   El padre (s) o tutor (s);
3.   El educador especial (es decir, el encargado del caso);
4.   El maestro de educación regular o maestros;
5.   Un "representante del distrito" (esto puede ser un maestro de educación especial o un administrador, siempre y cuando se trata de alguien familiarizado con los servicios de educación especial en el distrito), y
6.   Cualquier otra persona cuya presencia se considere necesario o apropiado por el estudiante, el padre (s), guardián (s), o el distrito.
Tenga en cuenta que como educador regular que están legalmente obligados a asistir a las reuniones del equipo del IEP.   (Sin embargo, en la escuela intermedia y escuela secundaria - donde los estudiantes tienen varios maestros de educación regular - es a menudo la práctica de rotar tareas del Equipo del PEI entre los diversos maestros.   El requisito de IDEA es visto como destinadas a asegurar que el equipo tiene acceso a una perspectiva de la educación regular, no como algo cuyo objetivo es exigir la presencia de seis o siete maestros de educación regular en cada reunión del equipo de la escuela secundaria del IEP.)

Paso seis: Evaluación
El administrador de casos le da al equipo del IEP previo aviso y los miembros de la primera reunión es.   La primera orden de negocio es decidir si el asunto está en debida forma al equipo.   Si el equipo piensa que el asunto debería volver a la comisión 504, que puede enviar de nuevo el caso.   De lo contrario, el equipo decide qué tipo de evaluación es necesaria para determinar la existencia de una discapacidad y lo que, en su caso, existe la necesidad de instrucción especializada.

Paso siete: Elegibilidad
Después de concluida la evaluación, el Equipo se reúna de nuevo.   En este momento, el equipo revisa los resultados de la evaluación.   El equipo analiza si los resultados cumplen con los criterios estatales y federales para la existencia de una discapacidad bajo la IDEA y si el estudiante requiere instrucción especializada.   Si es así, el estudiante es considerado elegible para educación especial.-

Octavo paso: Diseño de la PEI
Si el equipo decide que el estudiante es elegible, el equipo debe diseñar el programa educativo del estudiante.   El equipo determina las necesidades del estudiante con respecto a la instrucción especializada, así como la necesidad de los servicios relacionados (como la terapia de transporte, del habla / lenguaje, servicios de salud, audiología, terapia ocupacional y física, el equipo de adaptación, intérpretes, orientación y / o asesoramiento de movilidad , etc)   Del mismo modo, el equipo identifica algún alojamiento o modificaciones necesarias que se requieren para que el estudiante sea capaz de participar y beneficiarse de los centros de educación regular, los programas o actividades.   Estos elementos, así como una declaración del nivel actual del estudiante de desempeño educativo, están documentadas en el IEP.

Noveno Paso: Aplicación del PEI
Como se mencionó anteriormente, el PEI es un importante documento legal formal.   Los profesionales de la educación y otros proveedores de servicios que se ocupan de que el estudiante debe ser informado de los contenidos de la IEP como contenidos se relacionan con el desempeño de los estudiantes y sus necesidades. El programa establecido por el IEP debe ser plena e inmediata aplicación por el distrito.   Enseñanza general debe estar seguro de permanecer familiarizados con el contenido de su IEP de los estudiantes y también debe asegurarse de poner en práctica la instrucción requerida y acomodaciones / modificaciones que figuran en él.   El no hacerlo puede resultar en que el educador está personalmente responsable.

Paso diez: Monitoreo
Implementación del PEI y el progreso de los estudiantes de acuerdo con el IEP debe ser monitoreada continuamente durante todo el año.   Informes sobre el progreso del estudiante hacia metas y objetivos se requiere para ser completado en el mismo horario que esos informes para los estudiantes sin discapacidades.   En otras palabras, si las boletas de calificaciones sale cuatro veces al año, a continuación, los informes del progreso del estudiante hacia metas y objetivos deben ser siempre a la misma hora.

Paso Once: Review (Revisión anual del IEP y tres años de Re-evaluación)
El IEP debe ser revisado anualmente.   El equipo del IEP debe reunirse antes de la fecha de vencimiento (que es de un año de la implementación del IEP) y desarrollar un nuevo IEP de acuerdo con el progreso del estudiante y las necesidades que exhibió durante todo el año.   Del mismo modo, el proceso formal de evaluación deben ser revisados para determinar si el estudiante sigue siendo elegible para educación especial y, de ser así, para identificar las necesidades educativas del estudiante.   La revisión de la evaluación se realiza cada tres años.   El equipo del IEP tiene la opción de renunciar a una evaluación formal de nuevo si se siente que no ha habido ningún cambio en la elegibilidad del estudiante.   Sin embargo, una reunión formal sigue siendo necesaria.
Consideraciones finales - Disciplina, Transición, y auto-defensa
Disciplina
La ley reconoce que los estudiantes con discapacidad, ya sea que reciben educación especial o que recibieron sólo ajustes razonables, no debe ser removido de la escuela por las infracciones que son manifestaciones de su discapacidad.   Considere la posibilidad de twoexamples:
1.   Los estudiantes con discapacidades de aprendizaje en el área de lectura, o con discapacidades que dan lugar a cualquier cantidad de dificultades en el procesamiento, no puede comprender las pautas escritas, o no puede recoger a "implícita" las expectativas de comportamiento.   Estos estudiantes no pueden ser considerados responsables de violaciónes de las expectativas que no han sido presentadas explícitamente a los estudiantes en la comprensión manera asegurar.   El incumplimiento de estas disposiciones serían "las manifestaciones de su discapacidad."
2.   Los estudiantes con autismo, trastornos emocionales, o retraso mental pueden comportarse de maneras que no se ajustan a nuestras nociones habituales de decoro educativo apropiado.   Sin embargo, en la medida en que tal comportamiento es una manifestación de la discapacidad del estudiante, el estudiante no puede ser sancionado por esa conducta.
El IDEA establece los requisitos de procedimiento específicos para adelante las acciones disciplinarias que entraña la supresión de la escuela.   Tenga en cuenta que este requisito tiene el potencial de crear confusión en la que el equipo puede estar inclinado a hacer un juicio sobre los hechos (es decir, si la conducta alegada ocurrió) en lugar de limitar su sentencia si el comportamiento, si ocurrió, es un manifestación de la discapacidad.   También tenga en cuenta que incluso si la conducta no es una manifestación de la discapacidad a los estudiantes (y por lo tanto, el estudiante es suspendido o expulsado) el distrito escolar debe continuar prestando servicios para el estudiante.   Si el estudiante no puede venir a la escuela, el distrito debe proporcionar un tutor en casa, o prestar servicios en otro lugar.   Al igual que con todas las demás decisiones en materia de servicios a los estudiantes con el IEP, el entorno educativo alternativo debe ser determinado por el equipo del IEP.
Transición
IDEA requiere que desde los 14 años, el IEP de incorporar las diferentes metas y objetivos aplicables a las necesidades de los estudiantes respecto a la transición de la escuela secundaria a la vida después de la secundaria.   Los educadores regulares en la escuela intermedia y escuela secundaria por lo tanto, debe ser consciente de que el IEP se deberán incluir objetivos tales y que la educación de estudiantes con IEP en estos grados se involucran requisitos, programas y actividades que van más allá del currículo de educación regular.
Autodefensa
Podría decirse que la habilidad más importante para los estudiantes con discapacidad a adquirir es la de auto-defensa.   Esto implica el conocimiento de los derechos de uno y las habilidades necesarias para asegurar la observancia de esos derechos.   Los educadores regulares deben ser conscientes de que la auto-defensa de entrenamiento es una parte importante de la instrucción especializada.   Recuerde que los estudiantes están en el proceso de aprendizaje de estas habilidades, no son dueños de estas habilidades.   Por lo tanto, ser útiles a los estudiantes con discapacidad, fomentar sus esfuerzos para hacer cumplir las modificaciones / adaptaciones para los que tienen derecho.   Como los estudiantes aprenden a usar técnicas de autodefensa, que inicialmente puede usar estas habilidades de una manera refinada o áspero.   Trate de no ser insultado o ponerse a la defensiva cuando los estudiantes intentan hacer valer sus derechos como personas con discapacidad.   Recuerde que estos estudiantes deben aprender a identificar y hacer valer sus derechos y que mejor que aprender esto por el momento de su graduación.

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