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Que Ningún Niño Se Quede Atrás Servicios educativos suplementarios


Publicado en
http://www2.ed.gov/espanol/parents/academic/involve/nclbguide/choice.html

1. ¿En cuáles casos tienen los alumnos derecho a la libre elección de escuela?
Los alumnos tienen derecho a ejercer la libre elección de escuela cuando asisten a una escuela beneficiada por fondos del Título I que no haya hecho progreso anual adecuado para mejorar el rendimiento académico de los alumnos--según lo define el estado--por dos años consecutivos o por más tiempo y, por lo tanto, se ha determinado que la escuela requiere mejoramiento, acción correctiva o reestructuración. Cualquier alumno que asista a tal escuela debe contar con la opción de trasladarse a otra escuela pública en el distrito--incluyendo una escuela pública independiente (escuela charter)--que no necesite mejoramiento, a no ser que una ley estatal prohíba tal opción. Que Ningún Niño Se Quede Atrás establece que al ofrecer la libre elección de escuela es necesario dar prioridad a los alumnos de rendimiento más bajo provenientes de familias de escasos recursos económicos. A partir del año escolar 2002-03, pueden optar a la libre elección de escuela los alumnos matriculados en escuelas identificadas como necesitadas de mejoramiento conforme a ESEA según las disposiciones de la ley antes de la promulgación de Que Ningún Niño Se Quede Atrás.
Además, los alumnos pueden optar a la libre elección de escuela cuando asisten a una "escuela con peligros persistentes" según la definición de tal designación establecida por el estado en cuestión. Cualquier alumno que haya sido víctima de un delito de violencia en el predio de su escuela también puede optar a la libre elección de escuela.



2. ¿Cómo pueden saber los padres si su hijo tiene derecho a la libre elección de escuela?
Con Que Ningún Niño Se Quede Atrás, los distritos escolares tienen la obligación de notificar a los padres si su hijo reúne los requisitos para la libre elección de escuela por haber sido designada su escuela como necesitada de mejoramiento, acción correctiva o reestructuración. Los distritos deben notificar a los padres antes del primer día del año escolar que sigue del año en que su escuela fue identificada como necesitada de mejoramiento.
Los estados tienen que garantizar que la libre elección de escuela se ofrezca como opción a los padres en caso de que su hijo asista a una "escuela con peligro persistente" o ha sido víctima de delitos de violencia estando en el predio de la escuela.



3. ¿Cuáles son las acciones que pueden tomar los padres si su escuela o distrito escolar no ofrece la libre elección de escuela a su hijo y él es apto para la opción?
Las escuelas y los distritos escolares que reciben fondos por el Título I deben ofrecer la libre elección de escuela a los alumnos señalados en los apartados anteriores. En caso negativo, se recomienda a los padres comunicarse con el correspondiente departamento de educación estatal.



4. ¿Las opciones de escuela pública sólo incluyen escuelas del mismo distrito?
Pueden presentarse situaciones en las que los alumnos en escuelas de Título I cuentan con opciones de escuelas fuera de su propio distrito. Por ejemplo, un distrito escolar puede optar por celebrar un acuerdo de cooperación con otro distrito escolar que permita a sus alumnos trasladarse a las escuelas del otro distrito. De hecho, la ley requiere que un distrito intente "en la medida que sea viable" establecer tal acuerdo en caso de que todas sus escuelas hayan sido identificadas como necesitadas de mejoramiento, acción correctiva o reestructuración.



5. ¿Los alumnos que ejercen su derecho a asistir a otra escuela disponen de transporte?
Sujeto a un tope de gasto establecido en la ley, los distritos deben proporcionar transporte a todos los alumnos que ejercen la opción de libre elección de escuela en conformidad con el Título I. Los distritos deben dar prioridad a los alumnos de rendimiento más bajo provenientes de familias de bajo ingreso económico.



6. ¿Qué son los servicios educativos suplementarios?
Los servicios educativos suplementarios incluyen la tutoría y los servicios extracolegiales. Estos servicios pueden ofrecerse mediante proveedores del sector público o privado que reciban autorización del estado, tales como las escuelas públicas, las escuelas charter, las agencias locales de educación, y organizaciones basadas en la fe. Los proveedores del sector privado pueden ser entidades con o sin fines de lucro. Los estados deben mantener una lista de proveedores autorizados en todo el estado desglosada por el distrito escolar o los distritos que atienden, de los que los padres pueden elegir (ver en esta sección de "Preguntas y respuestas", el apartado titulado "¿Pueden los padres elegir los proveedores para la tutoría y otros servicios educativos suplementarios?"). Los estados también deben promover la máxima participación de proveedores de servicios educativos suplementarios para garantizar que los padres cuenten con todas las opciones posibles.



7. ¿En cuáles casos tienen los alumnos derecho a recibir servicios educativos suplementarios?
Los alumnos de familias de bajo ingreso económico que permanecen en escuelas financiadas por el Título I que no logren cumplir con los criterios estatales durante al menos tres años tienen derecho a recibir servicios educativos suplementarios.


8. ¿Reciben los padres notificación sobre los servicios educativos suplementarios?
Sí. Las agencias locales de educación tienen la obligación de notificar cada año a los padres de los alumnos con derecho a los servicios suplementarios sobre la disponibilidad de estos servicios e información sobre los proveedores autorizados.



9. ¿Pueden los padres elegir los proveedores para la tutoría y otros servicios educativos suplementarios?
Sí. Los padres de alumnos aptos pueden elegir de la lista de proveedores autorizados por el estado. La mayoría de los estados han autorizado una lista de proveedores, como ya se indicó en lo anterior. A petición de la persona, la agencia de educación local puede ayudar a los padres a determinar cuál proveedor se acomoda mejor a las necesidades de su hijo. Tras haber elegido los padres al proveedor, la agencia de educación local debe contratar a ese proveedor para prestar los servicios.



10. ¿Qué acción pueden tomar los padres si su hijo cumple los requisitos para la tutoría u otros servicios educativos suplementarios, pero su escuela o distrito no los ofrece?
Los distritos que reciben fondos por el Título I deben ofrecer tutoría y otra ayuda adicional gratuita a los alumnos con derecho a servicios, según se describió arriba. Si no se ofrecen estos servicios a los alumnos aptos para ellos, se recomienda a los padres comunicarse con el correspondiente departamento de educación estatal.



11. ¿Cómo se hacen responsables de los resultados los proveedores de servicios educativos suplementarios?
Los estados deben elaborar y aplicar criterios objetivos para la evaluación de los proveedores y controlar la calidad de servicios que ellos prestan. Además, los proveedores de servicios suplementarios deben dar a los padres, así como a las escuelas, información sobre el progreso de sus hijos.

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