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Sección 504 y ADA: Propósitos


La parte clave de la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación en 29 USC § 794 establece lo siguiente:
Sección 794. La no discriminación en virtud de subvenciones federales y programas   (A) La promulgación de las normas y reglamentos no discriminatorios Ninguna persona calificada con una discapacidad en los Estados Unidos, tal como se define en la sección. 705 (20) de este título, será, únicamente por razón de su discapacidad, ser excluido de la participación en, ser negado los beneficios de, o ser sujeto a discriminación bajo cualquier programa o actividad que reciba asistencia financiera federal o en cualquier programa o la actividad llevada a cabo por una agencia ejecutiva o por el Servicio Postal de Estados Unidos. . .
La Americans with Disabilities Act, que se aplica a las entidades públicas, es idéntico. Subcapítulo II, parte A, de la Americans with Disabilities Act en 42 USC § § 12132 y 12133 estados:
Sección 12132. Discriminación Con sujeción a las disposiciones de este subcapítulo, ningún individuo calificado con una discapacidad, por razón de dicha discapacidad, ser excluido de participar o se le negarán los beneficios de los servicios, programas o actividades de una entidad pública, o ser objeto de discriminación por cualquiera de dichas entidades.
Sección. 12133. Ejecución Los remedios, procedimientos y derechos establecidos en la sección 794a del Título 29, serán los remedios, procedimientos y derechos de este subcapítulo ofrece a cualquier persona que alegue discriminación por motivos de discapacidad en violación del artículo 12132 de este título.
El lenguaje de la ADA, la Sección 504 pistas y explica que los remedios, procedimientos y derechos en virtud de la ADA son las mismas que en virtud de la Ley de Rehabilitación. A excepción de la accesibilidad de los edificios, y las modificaciones y adaptaciones en las pruebas, la Sección 504 y ADA proporcionan poca protección y los beneficios limitados a los niños con discapacidades.

Sección 504 y ADA: Propósitos
La Sección 504 es una ley de derechos civiles. El propósito de la Sección 504 es proteger a las personas con discapacidad de la discriminación por motivos relacionados con sus discapacidades. ADA ampliado las agencias y las empresas que deben cumplir con las disposiciones de no discriminación y accesibilidad de la ley.
A diferencia de IDEA, Sección 504 y ADA no garantizan que un niño con una discapacidad recibirán un programa educativo individualizado que está diseñado para satisfacer las necesidades únicas del niño y proporcionar al niño un beneficio educativo, por lo que el niño va a estar preparado para "para el empleo y una vida independiente. "
Elegibilidad
El niño que tiene una discapacidad o impedimento no califican automáticamente para recibir servicios de educación especial bajo la ley IDEA. Si el niño tiene una discapacidad, pero no necesita servicios de educación especial, el niño no califica para educación especial y servicios relacionados bajo la idea, pero puede recibir protección en virtud del artículo 504 de la Ley de Rehabilitación.
Para ser elegible para protección bajo la Sección 504, el niño debe tener un impedimento físico o mental. Este impedimento deberá limitar al menos una actividad importante de la vida. Entre las principales actividades de la vida incluyen caminar, ver, oír, hablar, respirar, aprender, leer, escribir, realizar cálculos matemáticos, de trabajo, el cuidado de uno mismo, y realizar tareas manuales. La clave es si el niño tiene un "deterioro" que "limita sustancialmente una o más ... ... las actividades principales de la vida."
La Sección 504 requiere una evaluación que obtiene la información de una variedad de fuentes. La Sección 504 no requiere una reunión antes de un cambio de colocación.
La confusión acerca de los beneficios y derechos
Algunos padres y educadores creen que bajo la ley IDEA, el niño debe ser colocado en clases de educación especial, pero que si el niño tiene un plan 504, el niño puede permanecer en el salón de clases regular. Por estas razones, los padres asumen con frecuencia que la Sección 504 es más deseable. Esto es incorrecto. "Educación especial" bajo IDEA no es un lugar o ubicación.
El niño que recibe la protección de la Sección 504 tiene menos derechos que el niño que recibe servicios de educación especial bajo la ley IDEA. El niño que recibe servicios de educación especial bajo la ley IDEA está automáticamente protegida bajo la Sección 504.
Protección contra la discriminación
La Sección 504 protege a los niños con discapacidades de la discriminación. Es importante entender que si su hijo no recibe servicios de educación especial bajo IDEA, su niño no tiene las garantías procesales que están disponibles bajo la ley IDEA.
Adaptaciones y Modificaciones
Bajo la Sección 504, el niño con una discapacidad puede recibir adaptaciones y modificaciones que no están disponibles para los niños que no tienen discapacidades. Estas adaptaciones y modificaciones están también disponibles bajo IDEA.
V. El acceso para la Educación de beneficios
Cambio de los hechos para aclarar las diferencias entre estas dos leyes. Suponga que su hijo con necesidades especiales está en una silla de ruedas. Bajo la Sección 504, su hijo no podrá ser discriminado a causa de la discapacidad. Su hijo estará provisto de acceso a la educación, ya través de la puerta de la escuela. Se pueden hacer modificaciones a la construcción y otros alojamientos se puede hacer para su hijo.
Bajo las regulaciones de la Sección 504, una educación pública gratuita y apropiada se define como "la provisión de educación regular o especial y las ayudas y servicios relacionados que ... están diseñados para satisfacer las necesidades educativas individuales de las personas con discapacidad lo más adecuadamente las necesidades de las personas sin discapacidad se cumplan y ... se basan en el cumplimiento de los procedimientos especificados ". (34 CFR § 104.33 (b) (1))
Supongamos ahora que a su hijo en una silla de ruedas también tiene problemas neurológicos que afectan negativamente a la capacidad del niño para aprender. Bajo la ley IDEA, si su hijo tiene una discapacidad que afecta adversamente el rendimiento educativo, el niño tiene derecho a una educación que está diseñado para satisfacer las necesidades únicas del niño y de la que su hijo reciba un beneficio educativo. La Sección 504 no incluye ninguna garantía de que su silla de ruedas, niño recibirá una educación de la que su hijo reciba un beneficio educativo. El Artículo 504 niños tengan acceso a la misma educación pública gratuita apropiada que está disponible para los niños que no tienen discapacidades.
Disciplina
Si el niño se porta mal la Sección 504 y la escuela decide que la conducta del niño no es una manifestación de la discapacidad, el niño puede ser expulsado de la escuela de manera permanente. El niño IDEA tiene derecho a la FAPE, aunque expulsado de la escuela. Sección 504 y ADA no ofrecen esta protección.
Garantías Procesales
La Sección 504 no incluye una claramente establecido "Aviso previo por escrito" requisito. Por el contrario, IDEA incluye un elaborado sistema de garantías procesales destinadas a proteger al niño y los padres. Estas garantías incluyen una notificación por escrito antes de cualquier cambio de ubicación y el derecho a una evaluación educativa independiente a expensas públicas. La Sección 504 no incluye estas protecciones.
Audiencias Imparciales
Sección 504 e IDEA requieren que los distritos escolares para llevar a cabo audiencias imparciales para los padres que no están de acuerdo con la identificación, evaluación o colocación. Bajo la Sección 504, el padre tiene la oportunidad de participar y obtener representación por un abogado, pero otros detalles se dejan a la discreción del distrito escolar.
NOTA: La Sección 504 de la Ley de Rehabilitación se encuentra en Wright: Ley de Educación Especial, Edi ción segunda , páginas 291 a 298.  

Resumen

En este artículo, se enteró de que la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación y de la Americans with Disabilities Act son los responsables de las adaptaciones y modificaciones en la prueba de las situaciones y los programas de accesibilidad y mejora de edificio. Usted se enteró de que estas leyes no requieren que las escuelas públicas para proporcionar un programa educativo que es individualizado para satisfacer las necesidades únicas de un niño con el objetivo de permitir que el niño llegue a ser independiente y autosuficiente. Usted se enteró de que el niño con un plan de Sección 504 no tiene las protecciones disponibles para el niño que tiene un IEP bajo la ley IDEA.

Comentarios

  1. ESTA INFORMACIÓN ME AYUDO A PODER CONOCER EXACTAMENTE QUE ES LA SECCIÓN 504 DE LA LEY DE REHABILITACION Y LA LEY ADA

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