Derechos Humanos por parte de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH)
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sea cual sea nuestra nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición social. Estamos todos igual derecho a nuestros derechos humanos sin discriminación. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo expresada y garantizada por la ley, en las formas de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. Derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones de los gobiernos para actuar de determinada manera oa abstenerse de ciertos actos, con el fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.
Interdependientes e indivisibles
Todos los derechos humanos son indivisibles, ya sean derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión, los derechos económicos, sociales y culturales, como los derechos al trabajo, la seguridad social y la educación, o derechos colectivos, como los derechos al desarrollo ya la libre determinación, son indivisibles, interrelacionados e interdependientes. La mejora de uno facilita el avance de los demás. Del mismo modo, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.
Igualdad y no discriminatorio
UNICEF foto La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de los derechos humanos. El principio está presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas de las convenciones internacionales de derechos humanos, como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer .
El principio se aplica a todo el mundo en relación a todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como el sexo, la raza, el color, etc. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como se indica en el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos".
Tanto derechos como obligaciones
Los derechos humanos implican tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen obligaciones y deberes en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetar significa que los Estados deben abstenerse de interferir o restringir el disfrute de los derechos humanos. La obligación de proteger exige que los Estados de proteger a los individuos y grupos contra los abusos de los derechos humanos. La obligación de cumplir significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos. A nivel individual, mientras que tenemos derecho a nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.
Aqui encontraras mayor información http://www.ohchr.org/EN/Pages/WelcomePage.aspx
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sea cual sea nuestra nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición social. Estamos todos igual derecho a nuestros derechos humanos sin discriminación. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo expresada y garantizada por la ley, en las formas de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. Derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones de los gobiernos para actuar de determinada manera oa abstenerse de ciertos actos, con el fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.
Interdependientes e indivisibles
Todos los derechos humanos son indivisibles, ya sean derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión, los derechos económicos, sociales y culturales, como los derechos al trabajo, la seguridad social y la educación, o derechos colectivos, como los derechos al desarrollo ya la libre determinación, son indivisibles, interrelacionados e interdependientes. La mejora de uno facilita el avance de los demás. Del mismo modo, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.
Igualdad y no discriminatorio
UNICEF foto La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de los derechos humanos. El principio está presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas de las convenciones internacionales de derechos humanos, como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer .
El principio se aplica a todo el mundo en relación a todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como el sexo, la raza, el color, etc. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como se indica en el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos".
Tanto derechos como obligaciones
Los derechos humanos implican tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen obligaciones y deberes en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetar significa que los Estados deben abstenerse de interferir o restringir el disfrute de los derechos humanos. La obligación de proteger exige que los Estados de proteger a los individuos y grupos contra los abusos de los derechos humanos. La obligación de cumplir significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos. A nivel individual, mientras que tenemos derecho a nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.
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